¿Cómo accedo a una Renta Vitalicia de Sobrevivencia?
Para que los beneficiarios de un afiliado al SPP accedan a una Renta Vitalicia de Sobreviviencia, deben tener en cuenta lo siguiente::
- La fecha de fallecimiento del afiliado debe ser posterior al 01 de Noviembre 2003.
- El afiliado debe tener más de dos meses de incorporado al Sistema Privado de Pensiones.
- El afiliado debe tener más de cuatro aportaciones dentro de los ocho meses anteriores a la ocurrencia del siniestro.
- El caso no debe estar comprendido dentro de las exclusiones mencionadas en el Articulo N° 64 de la Resolución N° 232-98-EF/SAFP.