Coberturas y Beneficios de Multiviaje

  • Gatos Médicos

a) Gastos Médicos por Accidente y/o Enfermedad:

Para fines de la asistencia en viajes, se entiende por gastos médicos y hospitalarios, solamente a:

  1. Atención médica sea o no una situación de emergencia;
  2. Hospitalización para tratamientos clínicos y/o quirúrgicos;
  3. Droga lícita de efecto terapéutico, medicamentos, exámenes de laboratorio e imágenes, así como procedimientos debidamente prescritos por el profesional médico colegiado tratante y derivados de una atención por emergencia;
  4. Fisioterapia; en caso de necesidad de Fisioterapia como resultado de lesiones provenientes de accidentes ocurridos o enfermedades contraídos durante el viaje.
  5. Servicios hospitalarios y de ambulancia;
  6. Se cubrirán los gastos derivados por emergencia odontológica, es decir aquellos que corresponden a servicios odontológicos recibidos por el ASEGURADO TITULAR dentro de los 30 (treinta) días de la hora y fecha de la lesión o del primer tratamiento. El primer tratamiento deberá realizarse en el punto de destino del usuario dentro del territorio nacional y deberá comenzar dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes a la emergencia.

b) Evacuación Médica

Los gastos protegidos corresponden a los de transporte y tratamiento médico, incluyendo servicios médicos en que necesariamente se haya incurrido en la evacuación médica por emergencia, así como en la coordinación para la evacuación y tratamiento necesario en viaje asegurado. El servicio de evacuación médica por emergencia deberá ser realizado por la vía más directa y económica posible, utilizando el transporte compatible con el estado de salud del asegurado que requiera la prestación.

c) Gastos Odontológicos

La indemnización de los gastos odontológicos correspondientes a los servicios odontológicos recibidos dentro de los 30 días de la hora y fecha de la lesión y/o el primer tratamiento. El primer tratamiento deberá realizarse en el exterior dentro de las 24 horas siguientes a la emergencia ó al momento en que se presentó por primera vez el dolor agudo y repentino de dientes naturales, a consecuencia siempre de accidentes ó enfermedades de carácter súbito ocurridos ó contraídos durante elviaje.

d) Medicamentos

El reembolso de los gastos en la compra de medicamentos necesarios (en virtud de la atención médica u odontológica cubierta por la asistencia), siempre que los gastos hayan ocurrido durante el viaje y hayan sido prescritos por un profesional médico colegiado.

e) Estadía en Hotel por Enfermedad o Accidente

El asegurado adquiere este beneficio cuando determinen su necesidad por requerimiento previo de diagnóstico o la necesidad de prorrogar el periodo de recuperación, después que fue dado de alta del hospital debido a un accidente o enfermedad. 

f) Traslado de un Familiar (Acompañante en Caso de Hospitalización Prolongada)

El financiamiento de un pasaje aéreo de ida y regreso en clase económica, a quien indique el ASEGURADO TITULAR, cuando éste se encuentre viajando solo y los profesionales médicos colegiados del servicio de asistencia consideren necesaria su hospitalización por un periodo superior a 5 (cinco) días.

    • Imprevistos en el viaje

    a) Pérdida de Equipaje

    En caso de extravío, hurto o robo de equipaje y una vez que éste se encuentre bajo la responsabilidad de una compañía de transporte público autorizado, acreditado mediante la presentación del correspondiente informe de pérdida, PACIFICO SEGUROS pagará un monto calculado exclusivamente por el peso del equipaje dependiendo del plan elegido.

    b) Demora de Equipaje

    PACIFICO SEGUROS reembolsará el 100% del gasto necesario por efectos personales, si el transportador aéreo demora o cambia la dirección del equipaje registrado por un periodo superior a 24 (veinticuatro) horas desde el momento en que se llega al destino que figura en el boleto emitido por el transportador aéreo.

    c) Cancelación del Viaje

    Multiviaje ofrece al asegurado en caso de que el ASEGURADO TITULAR se vea impedido de iniciar el viaje debido a un accidente, una enfermedad de carácter súbito o fallecimiento, ya sea del ASEGURADO TITULAR y/o de sus acompañantes inscritos, miembro de su familia o miembro de la familia de sus Acompañantes, siempre y cuando el ASEGURADO TITULAR haya reservado y pagado estos gastos antes que ocurriera tal accidente, enfermedad de carácter súbito ó fallecimiento.

    d) Interrupción del Viaje

    En caso que el ASEGURADO TITULAR y/o sus acompañantes inscritos durante el viaje queden imposibilitados de concluirlo debido a accidente, enfermedad de carácter súbito o fallecimiento del propio ASEGURADO TITULAR, sus acompañantes inscritos, miembro de su familia ó miembro de la familia de los acompañantes inscritos.

    e) Retorno de Menores

    La compra de un pasaje aéreo, clase económica, de ida y vuelta para que una persona adulta, designada por la familia del ASEGURADO TITULAR, pueda acompañar al(a los) menor(es) de regreso al domicilio, desde que haya sido previamente solicitado a PACIFICO RESPONDE y autorizado por PACIFICO SEGUROS.

    f) Retraso del Viaje

    El pago por los gastos de hospedaje y alimentación en que se incurra por atraso de vuelo, y a menosque sea posible la realización del viaje en clase distinta, según decida PACÍFICO SEGUROS; hasta el límite indicado según el plan elegido.

    g) Fianzas y Honorarios Legales

    Coordinación del otorgamiento de una fianza ó caución ó de un adelanto en efectivo utilizando las tarjetas de crédito del ASEGURADO TITULAR u otros recursos disponibles del mismo, para garantizar el pago de servicios legales a él prestados.

    h) Asistencia Jurídica

    Coordinación para que el ASEGURADO TITULAR pueda contactarse con abogados, embajadas y consulados locales.

    i) Asistencia en caso de Pérdida o Robo de Documentos

    Información al ASEGURADO TITULAR sobre cómo reemplazar documentos de viaje y pasaporte perdidos o robados.

    j) Servicios de Asistencia

    El servicio de "emergencia durante las 24 horas alrededor del mundo" se presta en conjunto con las otras coberturas estipuladas en el artículo anterior.

    k) Servicio de Viaje de Emergencia

    1. Arreglos para la restitución de pasajes de viaje robados ó perdidos.
    2. Información al ASEGURADO TITULAR sobre cómo resolver problemas generales de emergencia que ocurran durante el VIAJE.
    3. Suministro de información telefónica inmediata al ASEGURADO TITULAR que haya perdido su equipaje, ó que dicho equipaje se encuentre demorado por un transporte público autorizado.
    4. Contacto con los transportadores para rastrear el equipaje perdido ó demorado en un transporte público autorizado.
      • Accidentes Personales

      a) Muerte Accidental

      El asegurado y, en su caso, los acompañantes inscritos, se encuentran asegurados sin cargo adicional, durante la vigencia del seguro solicitado, por muerte accidental. Está sujeto a un límite por persona dependiendo del plan adquirido.

      b) Traslado de Restos Mortales

      El pago del traslado del cadáver hasta su lugar de residencia u origen, así como el de proveer un ataúd común ó una urna funeraria. Este servicio comprende todo el proceso burocrático para la liberación del cuerpo cremado ó embalsamado y pasaje aéreo.

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