Este programa aplica para los asegurados o afiliados de: (i) Seguro de Salud Internacional; (ii) Seguro de Salud Total; (iii) Seguro de Salud; (iv) Seguro e Salud Grupal / Empresas / Personas; (v) Pólizas de Autoseguro; y, (vi) Planes de Salud de la EPS, que se encuentren al día en el pago de las primas o sus aportes, según corresponda.
Si ingresas al programa para enfermedades crónicas todas tus atenciones ambulatorias relacionadas con asma, hipertensión arterial y diabetes mellitus tipo II deberán obligatoriamente realizarse únicamente a través de este programa en la comodidad de tu hogar (a través de Médico a Domicilio), en el Centro Salud Pacífico Tezza, o en el Centro Salud en Oficina (CSO*) y no podrán ser realizadas en otro centro de salud. Una vez inscrito en el programa para enfermedades crónicas, no se aceptará el tratamiento del paciente por éstas atenciones ambulatorias en otros centros de salud distintos a los ya mencionados.
Las atenciones de hospitalización y emergencias (distintas a las atenciones ambulatorias antes mencionadas) podrán ser atendidas en la red de clínicas que especifica su Póliza y/o Plan de Salud.
* El servicio de Centro Salud en Oficina (CSO) sólo se brinda a los afiliados de la EPS y Seguro Colectivo que cuenten con este beneficio en su póliza de seguro.
Todos los beneficios antes mencionados aplican a los asegurados y afiliados que se encuentren al día en el pago de sus primas o aportes según corresponda.